PREAMBULO

-Sancionada el 30 de noviembre de 1957-

Nos los representantes del Pueblo de la Provincia de Formosa, reunidos en Convención Constituyente, con el objeto de organizar los poderes públicos, afianzar las instituciones republicanas representativas, establecer un efectivo régimen municipal, defender la plena autonomía provincial; asegurar para todos sus habitantes el libre ejercicio de sus derechos civiles y políticos, los beneficios de la libertad, de la igualdad, de la justicia, y de la educación integral; promover el bienestar general propendiendo al desarrollo de la seguridad social, de la solidaridad, de la economía regional y de la más justa distribución de la riqueza, invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, sancionamos esta Constitución para la Provincia de Formosa.

-Sancionado y promulgado el 3 de abril de 1991-

Nos, el Pueblo de la Provincia de Formosa, a través de sus representantes, reunidos en Convención Constituyente, con el objeto de plasmar el modelo formoseño para un proyecto provincial, garantizar una mayor participación de los habitantes de la Provincia, por sí y a través de las organizaciones libres del pueblo, en la administración de la cosa pública, para constituir un estado federal moderno, bajo la forma de gobierno representativa, republicana, democrático - participativa y social, desde una concepción humanista y cristiana, invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, sancionamos la siguiente: REFORMA DE LA CONSTITUCION DE LA PROVINCIA DE FORMOSA


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