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PRIMERA PARTE
Declaraciones, Derechos, Deberes, Garantías y Políticas Especiales
TITULO I
Declaraciones, Derechos, Deberes y Garantías
SECCIÓN III
Deberes
Artículo 38.-
Los deberes de toda persona son:
1.- Cumplir la Constitución Nacional, esta Constitución, los tratados interprovinciales y las demás leyes, decretos y
normas que se dicten en su consecuencia.
2.- Honrar y defender la Patria y la Provincia.
3.- Participar en la vida política cuando la ley lo determine.
4.- Resguardar y proteger los intereses y el patrimonio cultural y material de la Nación, de la Provincia y de los
Municipios.
5.- Contribuir a los gastos que demande la organización social y política del Estado.
6.- Prestar servicios civiles en los casos que las leyes así lo requieran.
7.- Formarse y educarse en la medida de su vocación y de acuerdo con las necesidades sociales.
8.- Evitar la contaminación ambiental y participar en la defensa ecológica.
9.- Cuidar su salud como bien social.
10.- Trabajar en la medida de sus posibilidades.
11.- No abusar del derecho.
12.- Actuar solidariamente.
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