Acontecimientos

Entre las disposiciones legales de mayor importancia debemos citar el decreto del Presidente Roca de 1904 por el que se establece el Observatorio Meteorológico Antártico Argentino, el decreto de 1951 que crea el Instituto Antártico Argentino, el decreto-ley 2191, que fija los límites del Sector Antártico, la ley 18.513 de 1969 que crea la Dirección Nacional del Antártico.

A estas disposiciones deben agregarse desde la vigencia del Tratado Antártico, las recomendaciones aprobadas por el Gobierno argentino que fueron adoptadas en cada una de las Reuniones Consultivas antárticas.

Los títulos de soberanía de nuestro país sobre ese sector son múltiples, siendo los principales las siguientes:

  1. Continuidad geográfica y geológica,

  2. Herencia histórica de España,

  3. Actividades foqueras desde que éstas comenzaron en la región;

  4. Ocupación permanente de una estación científica que se mantiene desde comienzos de siglo hasta nuestros días: el Observatorio Meteorológico y Magnético de las Islas Orcadas del Sur, inaugurado en 1904

  5. Instalación y mantenimiento de otras bases temporarias en la península antártica e islas adyacentes; también en la barrera de hielo de Filtchner, aparte de numerosos refugios en distintos puntos del sector;

  6. Trabajos de exploración, estudios científicos y cartográficos en forma continuada;

  7. Instalación y mantenimiento de faros y ayudas a la navegación;

  8. Tareas de rescate, auxilio o apoyo, tales como el salvamento a comienzos del eminente sabio explorador sueco Otto Nordenskjöld y sus compañeros, el rescate de un enfermo y un accidentado, ambos ingleses de la apartada estación de Fossil Bluff;

  9. Presencia argentina en tierra, mar y aire en todo el Sector, inclusive el mismo Polo Sur, alcanzado en tres oportunidades alternativamente por aviones navales y de la Fuerza Aérea y por la expedición terrestre de Ejército conocida como Operación 90.

El Instituto Antártico Argentino

Fué creado por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 7338 del 17 de Abril de 1951.

Fué su fundador y primer director el entonces coronel Hernán Pujato. En los fundamentos de la creación se estableció la necesidad de la existencia de un organismo especializado que en forma permanente, oriente, controle, dirija y ejecute las investigaciones y estudios de carácter técnico-científicos vinculados a aquella región, en coordinación con la entonces Comisión Nacional del Antártico, que dependía del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Las estaciones instaladas en Bahía Margarita, Bahía Esperanza y Barrera de Filchner, y las campañas científicas de verano dieron sustento a los objetivos de su creación, abarcando un amplio espectro de ciencias de la tierra, el aire y el mar.

El 26 de Enero de 1956 se establece el Reglamento Orgánico del Instituto Antártico Argentino que fija el carácter científico y técnico del mismo, pasando a depender del Ministerio de Marina siendo designado el Contraalmirante Rodolfo N. M. Panzarini (1956-57/1958-68) docto en oceanografía y Profesor de la Universidad de Buenos Aires como Director de la Institución. A partir de esta época el Instituto Antártico Argentino participó permanentemente de eventos científicos internacionales, como el Año Geofísico Internacional (1957-1958) y el Año Internacional del Sol Quieto (1964-1965).
Entre los años 1958 y 1963, administró la estación Ellsworth, en el mar de Weddell, cedida por EE.UU. al finalizar el Año Geofísico Internacional.

En 1964 se incorporó como estación científica permanente la base Brown, en Bahía Paraíso. En el año 1970 se creó en la órbita del ministerio de Defensa la Dirección Nacional del Antártico con funciones administrativas y logísticas para el continente Antártico, integrándose el Instituto Antártico como el organismo científico con tres departamentos: Científico, Técnico y de Intercambio Científico.

Por aquél tiempo se desarrollaban veintiun programas sobre ciencias de la tierra, biológicas, y de la atmósfera, todos ellos , en coordinación con otras instituciones nacionales y extranjeras.

En la década del 80 se incorpora el viejo refugio de caleta Potter, en isla 25 de Mayo, transformado hoy en Estación Científica Jubany en donde funciona al laboratorio Dallmann, único de cooperación científica entre dos países en la Antártida, la República Federal Alemana y la República Argentina, en el que se realizan tareas de investigación en el campo de la biología y las ciencias de la tierra.

En comunión con los principios que dieron origen a su creación, hoy la Dirección Nacional del Antártico y el Instituto Antártico Argentino, integran con su plantel científico, técnico y administrativo un amplio espectro de programas nacionales e internacionales para un mejor conocimiento de la Antártida.


La Dirección Nacional del Antártico -DNA-

Fue creada el Iº de enero de 1970 bajo la órbita del Ministerio de Defensa y, se le asignan las siguientes responsabilidades: planeamiento, dirección, coordinación y control de las actividades científicas y técnicas argentinas antárticas.

Su misión es dirigir, sostener y controlar las actividades conforme a los objetivos y estrategias nacionales y, con los medios que el Estado asigne.
Las funciones, entre otras, son asesorar al Ministro de Defensa y a otros organismos superiores de Planeamiento Nacional; proyectar las provisiones sobre la actividad antártica; reunir, analizar, compatibilizar y coordinar los requerimientos de todos los organismos ejecutores de dicha actividad.

La DNA, redacta el proyecto del "Plan Anual Antártico", el cual debe ser elevado conjuntamente con el cálculo de recursos y le corresponde al Ministerio de Defensa su aprobación. Dentro de las asignaciones que se le confieren a la DNA, se consignan las de planificar y programar las Campañas Antárticas que realiza conjuntamente con los Comandos Antárticos de las Fuerzas Armadas, en lo que se refiere a su apoyo logístico y técnico; mantiene los enlaces necesarios con el organismo competente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para la armonización de dichas actividades con la política exterior argentina.

El sostén logístico de la actividad antártica es responsabilidad de las Fuerzas Armadas las que facilitan los medios que anualmente se requieren y, los gastos que insumen estas operaciones son devengados del presupuesto antártico de la DNA.

A través del Instituto Antártico Argentino, se dirigen, controlan, coordinan y ejecutan las investigaciones y estudios de carácter técnico-científico vinculados a la zona antártica. De igual manera se organizan las expediciones que allí se envíen actuando además como organismo técnico consultivo en esa materia.


Principales Aspectos Jurídicos y Políticos de la Antártida

La actual situación política antártica deriva de la vigencia del Tratado Antártico. Este instrumento jurídico internacional firmado en Washington el 1° de diciembre de 1959, entró en vigencia al ser ratificado por todos los gobiernos signatarios, el 23 de junio de 1961. Nuestro país lo ratificó por la Ley N° 15.802.
Los países signatarios originales fueron: Argentina, Australia, Bélgica, Chile, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña, Japón, Noruega, Nueva Zelandia, Sudáfrica y la Unión Soviética.
El Tratado Antártico reconoce dos categorías de miembros: los Miembros Consultivos, que son los que participan con voz y voto en las Reuniones Consultivas (son los 12 países signatarios originales a los que se le suman los Estados que cumplieron con los requisitos- realizar investigaciones en la Antártida o haber construido una base - y adquirieron el status de Partes Consultivas); y los Miembros Adherentes, estos son aquellos Estados que han adherido al Tratado es decir, aceptan y adhieren a los principios y objetivos, aunque no realizan actividad antártica por el momento.
Las principales disposiciones del Tratado Antártico son las siguientes:

  1. Utilización del continente exclusivamente para fines pacíficos, se prohibe el establecimiento de bases y fortificaciones militares, la realización de maniobras y el ensayo de armas.

  2. Libertad de investigación científica y cooperación internacional en la misma, en la forma más amplia posible, alentando al intercambio de información sobre proyectos de investigación; intercambio de personal científico; intercambio de observaciones y resultados.

  3. Las disposiciones del Tratado no se interpretarán como:
    1) una renuncia a los derechos de soberanía o a las reclamaciones hechas valer precedentemente, de cualquiera de las partes contratantes;
    2) los fundamentos de reclamación de soberanía territorial y
    3) como perjudicial a la posición de cualesquiera de las partes, en lo concerniente a su reconocimiento o no reconocimiento de los derechos de soberanía territorial, reclamaciones o fundamentos de reclamaciones de cualquier otro Estado.
    El Tratado establece que ninguna actividad que se lleve a cabo durante su vigencia, constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía ni para crear nuevos derechos de soberanía en la región. Los Estados firmantes se comprometen a no hacer nuevas reclamaciones de soberanía territorial y a no ampliar las que se hicieron con anterioridad a su firma, mientras el Tratado esté en vigencia.

  4. Se prohiben las explosiones nucleares y la eliminación de desechos radiactivos. El área del Tratado comprende la región situada al sur de los 60° de latitud Sur, incluidas las barreras de hielo.

  5. Se contempla un mecanismo de inspección, por el cual cualquier país firmante puede enviar observadores facultados para visitar las instalaciones de cualquier otra parte contratante, con el fin de asegurar la aplicación de las disposiciones del Tratado.

  6. Las Partes se comprometen, además, a informar por adelantado sobre expediciones, estaciones ocupadas y personal o equipos militares introducidos en apoyo a las actividades científicas; a la vez que establece la realización periódica de reuniones de consulta entre los miembros - Reuniones Consultivas - que se celebran anualmente; en estos encuentros se aprueban las llamadas "Recomendaciones" que constituyen la verdadera legislación antártica,que regula la presencia y las actividades que se realizan en el continente antártico; ya que mediante consenso se adoptan y tienen por objetivo lograr el mejor cumplimiento de los principios y objetivos contenidos en el Tratado.

El Tratado Antártico, en sus más de treinta años de vigencia, ha sido complementado por una serie de acuerdos que han considerado algunos aspectos que en la negociación de 1959 no fueron considerados por los problemas políticos internaciones del momento.

Los acuerdos que complementan al Tratado Antártico son:

-Medidas Convenidas para la Protección de Flora y Fauna Antártica


Adoptada en Bélgica en 1964. Por esta "miniconvención" se designó a la Antártida como una "zona especial de conservación", se establecieron:
"Especies Protegidas", "Zonas Especialmente Protegidas" y "Sitios de Especial Interés Científico".


-Convención para la Conservación de las Focas Antárticas

Adoptada en Londres en 1972; por este acuerdo se establecieron límites a las capturas por especie de focas, se designaron zonas de captura y temporadas de veda.
A la fecha no se han registrado capturas comerciales de focas en la Antártida desde 1978 en que la Convención entró en vigor.


-Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos

Fue adoptada en Camberra, Australia en 1980 y entró en vigor en 1982.
Tiene su sede permanente en la ciudad de Hobart, Tasmania, Australia.
Su objetivo es la conservación de todos los recursos vivos marinos antárticos (poblaciones de peces, moluscos, crustáceos y todas las demás especies de organismos vivos, incluidas las aves, con excepción de las ballenas y las focas que están comprendidas en otros acuerdos internacionales anteriores).
El objetivo de la Convención es la conservación de los recursos vivos marinos antárticos y define a la conservación como: "la utilización racional" de los recursos vivos.


-Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente

Adoptado en Madrid en 1991. Es este un acuerdo que complementa al Tratado Antártico, no lo modifica ni enmienda; a la vez que tampoco afecta los derechos y obligaciones adquiridos por los otros instrumentos internacionales en vigor dentro del Sistema del Tratado Antártico.
Por el Protocolo se ha designado a la Antártida como: "Reserva natural dedicada a la paz y a la ciencia".
Prohibe expresamente cualquier tipo de actividad relacionada con los recursos minerales antárticos; esta prohibición se efectúa para los próximos cincuenta años.


El Protocolo cuenta con cinco anexos, que se refieren específicamente a:

  • Evaluación de impacto sobre el medio ambiente.

  • Conservación de la Flora y la Fauna antártica.

  • Eliminación y tratamiento de residuos.

  • Prevención de la contaminación marina.

  • Sistema de Arreas Protegidas

Para lograr el más eficaz cumplimiento de los compromisos internacionales adquiridos por la Argentina, desde la firma del Tratado Antártico y su activa participación en el Sistema del Tratado Antártico, en 1990 se dictó el Decreto N° 2316 que establece la "Política Nacional Antártica", fijando los intereses de la República Argentina en el continente antártico en general y en el sector cuya soberanía reivindica en particula.

Comité Científico de Investigaciones Antárticas

La actividad científica internacional está reglamentada por el Comité Científico de Investigaciones Antárticas (S.C.A.R.) creado en febrero de 1958, con los mismos países que luego firmaron el Tratado Antártico.
El SCAR está organizado por un comité ejecutivo de 4 miembros que se renuevan cada 4 años, una secretaría permanente con sede fija en Cambridge (gran Bretaña) y grupos de trabajos permanentes en cada disciplina y de especialistas en temas como la evaluación de la exploración y explotación de recursos minerales y vivos.
Los distintos comités nacionales del SCAR mantienen relación con los miembros del Tratado Antártico.


Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos

En el marco de un modelo comunitario de trabajo mancomunado, la Política Nacional Antártica privilegia el escenario de una Antártida Sudamericana para que, junto a nuestros hermanos latinoamericanos, impulsemos una tarea común en beneficio de todos.
Con ese espíritu de cooperación funciona desde 1990 la Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos (RAPAL), por iniciativa de la Argentina. Estas reuniones se realizan todos los años en países latinoamericanos con actividad antártica y tienden a consolidar un foro regional que posibilite coordinar y optimizar recursos entre sus programas nacionales. Participan de las mismas: Argentina, Brasil, Chile, Ecuador, Perú y Uruguay.

En síntesis RAPAL es: foro de reflexión, espacio de cooperación y mecanismo de concertación.

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